📲 ¡NUEVAS REGLAS PARA EL USO DE CELULARES EN LOS COLEGIOS DEL PERÚ! 🏫🇵🇪

📜 NORMATIVA EDUCATIVA | LEY N.° 32385

MINEDU RESTRINGE EL USO DE CELULARES EN COLEGIOS PARA MEJORAR APRENDIZAJES Y CONVIVENCIA

Colegios y familias compartirán responsabilidad para prevenir el ciberacoso, reducir la sobreexposición a internet y proteger la salud física y mental de los estudiantes.
📱 Ley N.° 32385 🏫 Educación Básica 🤝 Corresponsabilidad Familiar 🎓 Uso Pedagógico Exceptuado
El uso de teléfonos celulares inteligentes y dispositivos electrónicos similares durante las actividades educativas tendrá nuevas reglas en las instituciones públicas y privadas del país, tras la aprobación del Reglamento de la Ley N.° 32385 por parte del Ministerio de Educación (Minedu).

Esta medida busca recuperar la autoridad docente y restablecer la disciplina dentro del aula, evitando que las distracciones digitales afecten directamente la concentración, el rendimiento académico y el bienestar emocional de los estudiantes de Educación Básica.

“Esta norma establece límites claros y fortalece la autoridad docente, sin impedir el uso de la tecnología cuando tenga una finalidad pedagógica o responda a necesidades específicas de los estudiantes”, afirmó el ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo.

👨‍👩‍👧‍👦 Padres y familias asumen corresponsabilidad

El reglamento establece expresamente la corresponsabilidad de los padres, madres de familia o tutores legales. Ellos deberán colaborar para garantizar que los menores cumplan la restricción y, fuera de las instalaciones escolares, deberán promover hábitos de uso seguro y responsable de los dispositivos digitales.

Asimismo, las instituciones educativas organizarán jornadas de orientación dirigidas a las familias para concientizar sobre la prevención del ciberacoso, la sobreexposición a las pantallas y el acceso a contenidos inadecuados para menores.

⚙️ Excepciones Permitidas para el Uso de Celulares:
  • Finalidad pedagógica: Actividades planificadas y autorizadas por el director o docente responsable.
  • Barreras educativas y discapacidad: Apoyo tecnológico indispensable sustentado conforme al reglamento.
  • Condiciones de salud: Estudiantes que requieran monitoreo o seguimiento constante por prescripción.
  • Situaciones de emergencia: Eventos de riesgo o contingencias debidamente justificadas.

🛡️ Medidas correctivas, dignidad y privacidad

Las instituciones educativas deberán actualizar sus reglamentos internos incorporando medidas correctivas oportunas, formativas y proporcionales a la falta. La norma recalca que la supervisión del cumplimiento debe respetar plenamente la dignidad y privacidad de los alumnos, prohibiendo la revisión del contenido de los teléfonos celulares o cualquier trato humillante.

Además, los colegios podrán habilitar espacios autorizados para la custodia temporal de los equipos garantizando la devolución intacta y la protección de los datos personales.

📊 Supervisión regional y campañas preventivas

El Minedu, en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsal), implementará campañas nacionales de alfabetización digital y salud mental. Por su parte, las UGEL y Direcciones Regionales de Educación (DRE) supervisarán la implementación gradual de la norma en todos los documentos de gestión escolar.

Artículo Anterior Artículo Siguiente

نموذج الاتصال